CAPITULO II


REQUISITOS BASICOS PARA LA INSCRIPCION DE POSTULANTES A LA CARRERA DE MEDICINA TRANSFUSIONAL.

 

1.- REQUISITOS GENERALES:

1.1. Poseer Título habilitante de médico expedido por Universidad Argentina reconocida por el Ministerios de Educación de la nación o extranjera (de países que tengan convenio con la Republica Argentina).

1.2. Poseer matrícula profesional habilitante

1.3. Certificado que acredite que el postulante no tenga sanciones emitidas por el Tribunal de Ética, ni sanciones universitarias expedido por el organismo de control ético correspondiente y de la universidad de origen, respectivamente.

1.4. Poseer seguros de responsabilidad civil y de accidentes de trabajo al día.

1.5. Certificado de vacuna antitetánica, Hepatitis B (actualizadas) y otras vacunas que pudieran agregarse en el futuro deacuerdo con las exigencias de la UNC, certificado de buena salud, y/o las que en el futuro solicitare la SGCS. Estos requisitos son indispensables para iniciar las actividades docentes-asistenciales.

 

2.- REQUISITOS PARTICULARES

2.1. Carreras de especialistas que tienen como requisitos de ingreso: el titulo de grado y la formación básica exigida por la UNC

2.2.  Se tomará un examen único para postulantes inscriptos en la UNC, la Provincia de Córdoba y otras entidades privadas que adhieran al sistema. Se efectuará un examen escrito en base a cien preguntas de opciones múltiples con cinco respuestas de las cuales solo una será correcta y el alumno deberá contestar 70 preguntas en forma correcta (el 70%). Este examen será preparado en las especializaciones troncales con 25 preguntas de Clínica Médica, Clínica Quirúrgica, Pediatría y Tocoginecología respectivamente, general de la UNC para todos los postulantes

El orden de mérito mediante el cual se cubrirán las plazas disponibles, se confeccionará en base a:

a)     Entrevista personal. Estará a cargo de la SGCS a través de los Consejos académicos de la Especialización y de los Centros Formadores. Los integrantes del tribunal calificarán individualmente y consensuarán la nota en el mismo acto. La calificación será: excelente 2 puntos, muy bueno 1 punto, aceptable 0,5 puntos.

b)     Carpeta de Antecedentes : se tendrá en cuenta antecedentes académicos de la formación de Grado (la calificación será: excelente 1 punto, bueno 0,5 puntos)

c)     La nota del examen escrito.

Puntaje Final: surgirá de sumar la nota del examen escrito con el promedio general de la carrera de grado, de la entrevista personal y de los antecedentes de Grado.

2.3. Quedan excluidos de rendir el examen aquellos postulantes que presenten una especialidad previa en una de las siguientes especialidades en medicina interna; clínica médica, hematología, anestesia, cirugía.

2.4. Se confeccionara un orden de mérito en base al cual se cubrirán el número de plazas disponibles acordadas

2.5. Obligaciones de los Cursantes

2.5.1. El postulante seleccionado deberá concurrir a firmar la aceptación del ingreso al postgrado, las condiciones que establece el Reglamento y en el caso de los becados, un contrato en el lugar, fecha y hora dispuesto en el llamado de selección. Su ausencia, dejará al postulante seleccionado automáticamente fuera del orden de mérito pudiendo disponerse de la vacante correspondiente, salvo que mediaren causas de fuerza mayor que deberán ser analizadas por las autoridades de la carrera.

 

2.5.2. La aceptación por parte del postulante a la Especialización elegida, lleva implícita la renuncia a la opción de cambio de Especialización después de tres meses de haber iniciado la actividad específica en la carrera que seleccionó inicialmente. Si el cursante, aun así, renunciara a la carrera, deberá esperar al año siguiente para reiniciar todos los trámites de selección que constan en este reglamento.

2.5.3. El cargo que deje vacante el renunciante no podrá ser cubierto por el postulante que le sigue en el orden de mérito después de los tres meses de iniciada la actividad de formación.

2.5.4 El cursante deberá presentar en el Centro Formador al concurrir a su primer día de trabajo según lo establecido en el punto 1 del presente Reglamento: a) documentación personal, b) resolución de su designación, c) la matrícula SUR-23 (sistema único de registro).

2.5.5. Para permanecer en la carrera de Medicina Transfusional, el profesional deberá haber completado y aprobado el 80% de la actividad programada y realizada; y las pruebas de evaluación correspondientes.

2.5.6. En caso de ausencias o faltas prolongadas (maternidad, enfermedad u otra causa fundada) que superen el 20% del periodo lectivo, el profesional deberá solicitar autorización por escrito para no asistir durante dicho período, y la Dirección de la carrera con las autoridades correspondientes decidirán al respecto, debiendo el cursante reiniciar la actividad una vez desaparecida la causa que la generó.

2.5.7. En los casos de ausencias prolongadas autorizadas, que no superen el 50% de las actividades programadas, el profesional podrá continuar en el curso aprobando los exámenes teóricos y prácticos exigidos.

2.5.8. Aquellos Centros Formadores donde se realizan las prácticas deben estar habilitados  por la autoridad de aplicación y aprobados por el Consejo Académico de la carrera, y presentar el certificado correspondiente.

 2.6 borrar

2.6. Los cursantes deberán abonar los aranceles que fije la FCM a propuesta de la SGCS. El no cumplimiento de este requisito los hará pasible de lo determinado en la RHCD N° 128/03 aprobada por RHCS N° 386/03.

 

3.- PARA POSTULANTES EXTRANJEROS:

3.1. Sus solicitudes serán consideradas en función de las posibilidades de la carrera.